En dos municipios del Altiplano del Oriente antioqueño se implementó el programa Mínimo Vital, que busca beneficiar a los estratos más bajos para que tengan acceso al recurso hídrico de forma constante.
La Ceja del Tambo
Con el Acuerdo Municipal 022 de noviembre de 2017 y 02 del 28 de mayo de 2018 el Concejo Municipal aprobó la creación del programa Mínimo Vital de Agua Potable, por tal motivo, la administración municipal, mediante los decretos 013, 038 y 070 se reglamentó el programa, que tiene como principal objetivo subsidiar a las familias de los estratos 1, 2 y 3 que presenten condiciones de especial protección, otorgando 6 metros cúbicos mensuales de agua gratis, según las condiciones de vulnerabilidad de las familias. El programa es administrado por Empresas Públicas de La Ceja ESP.
Con el Mínimo Vital de Agua el Municipio busca minimizar el impacto ocasionado por el desmonte del consumo básico subsidiable reglamentado por la Comisión Reguladora de Agua Potable a través de la Resolución CRA 750 de 2016, por la cual, los m3 de agua subsidiables fueron reducidos para los estratos 1, 2 y 3, pasando de 17 m3 en el 2016 a 11 m3 en el mes de enero de 2018.
Para acceder al programa, los usuarios de los estratos 1, 2 y 3 deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos establecidos: estar en condiciones de vulnerabilidad, acorde a lo determinado en la reglamentación del programa de mínimo vital de agua potable; ser usuario del servicio de acueducto de Empresas Públicas de La Ceja E.S.P.; y pertenecer a los estratos residenciales 1, 2 o 3.
A la fecha se han recibido 642 solicitudes, de las cuales 598 han aplicado al programa, recibiendo los 6m3 de agua gratis.
¿Cómo acceder al programa en La Ceja?
No existe un límite de tiempo para pertenecer al programa, siempre y cuando la familia beneficiada siga cumpliendo con los requisitos que lo hicieron acreedor.
Los pasos para realizar el proceso de inscripción son los siguientes:
- El usuario deberá diligenciar el formulario de inscripción que se encuentra en las páginas web www.eeppdelaceja.gov.co y www.laceja-antioquia.gov.co o reclamarlo en el archivo de Empresas Públicas de La Ceja ESP – 3er piso de Punto CIEM. (En la página puede consultar el instructivo).
- El formulario debe traer anexo los documentos que acrediten los requisitos mínimos para pertenecer al programa (se encuentran detallados en el formulario de inscripción).
- Una vez diligenciado el formulario se debe entregar en el archivo central de Empresas Públicas de La Ceja ESP – 3er piso de Punto CIEM.
- Las Empresas Públicas de La Ceja E.S.P. y la Secretaría de Protección Social del municipio podrá realizar visitas domiciliarias aleatorias y/o selectivas a los postulantes y beneficiarios del programa, para constatar que la información solicitada sea veraz, y que se cumpla con los requisitos estipulados en el presente decreto.
- La resolución que determine los beneficiarios del programa, podrá ser actualizada o modificada mensualmente, según las nuevas calificaciones que se realicen en dichos periodos, por ingreso, retiro o recalificación de grupos familiares habilitados.
- Cabe resaltar que, si el grupo familiar deja de cumplir o tiene un cambio en alguno de los requisitos, deberá informar a la empresa de servicios públicos para evitar sanciones que implican la devolución del monto del beneficio otorgado.
Marinilla
Por su parte, en el municipio de Marinilla se implementó el proyecto mediante un acuerdo municipal en el mes de febrero del 2018, y se le dio facultades al alcalde Édgar Villegas para que lo reglamentara en el presente año. El acuerdo municipal espera beneficiar aproximadamente a 90 familias, sin tener que pagar por acueducto y alcantarillado.
“Este acuerdo municipal se trata de que las familias de escasos recursos de estratos 1 y 2, con nivel de Sisbén inferior a 25, tengan acceso al recurso hídrico de forma constante. Se les estará subsidiando 5 metros cúbicos por mes, quiere decir que en estas familias solamente podrán consumirse esos 5 metros cúbicos. El mínimo vital es un tema donde la empresa debe tener una logística instalada para suministrar la cantidad de agua que requiere cada familia”, expresó Julián Montoya Hurtado, gerente de la Empresa de Servicios Públicos San José de la Marinilla (ESPA).
Consideraciones del programa
El mínimo vital de agua es un tema relevante en los últimos años, ya que está relacionado con el derecho de la vida, en las Naciones Unidas en el comité de derechos económicos, sociales y culturales se considera que el agua es un bien público fundamental y que es indispensable para vivir dignamente y por lo anterior y por lo tanto es responsabilidad de los estados establecer medidas para el acceso al agua sean entendidos como un derecho
La constitución política de Colombia en los artículos 365 y 366, indica que los servicios públicos son una finalidad social del Estado y por ello debe asegurar la prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional y establece el agua potable como un garante de bienestar general y mejoramiento de la calidad de vida.
Que en el artículo 13 de la Constitución Política de Colombia señala que el Estado debe proteger especialmente a las personas que por su condición económica, física o mental se encuentra en circunstancias de debilidad manifiesta.
La Ceja y Marinilla integrarán el listado de las ciudades donde se ha reglamentado el programa Mínimo Vital de Agua Potable como lo son Bogotá, Medellín, Cali, Bucaramanga, Pereira y Manizales, el municipio de La Estrella, Antioquia.