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La Prensa Oriente > Blog > Región > Altiplano > Por desacato, 3 días de arresto a funcionaria de la Alcaldía de Rionegro: Coopetaxi
ActualidadAltiplano

Por desacato, 3 días de arresto a funcionaria de la Alcaldía de Rionegro: Coopetaxi

28 septiembre, 2019
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La Prensa conoció los argumentos de la Juez María Inés Cardona Mazo, quien en reciente decisión declaró el desacato por parte de la Subsecretaria de movilidad del municipio, al desconocer el fallo de tutela de segunda instancia de abril de 2016 del Juzgado Primero civil del circuito de esta localidad, interpuesto por la Cooperativa de Taxis Individuales de Rionegro –COOPETAXI-.

En la decisión se lee que la Subsecretaria de movilidad del municipio, Deisi Caterine Orozco Quintero, “en el término de 48 horas empezara a dar cumplimiento a lo reglado en la Resolución 1820 de diciembre 30 de 2015, y en caso negativo debía emitir una respuesta clara, precisa y veraz, teniendo en cuenta que la resolución citada gozaba de la presunción de legalidad”.

Según el juzgado en su fallo de desacato, recordó que “la autoridad responsable debe hacer cumplir la orden sin dilación alguna”, según lo reconoce en el artículo 27 del decreto 2591 de 1991.

Consecuencia del fallo de desacato, y según dice, “habiendo trascurrido el plazo para cumplir lo ordenado en el fallo de tutela, no ha explicado el incidentado las razones de su incumplimiento o mora en acatar la resolución judicial”, se sancionó a la Subsecretaria de movilidad Deisi Caterine Orozco Quintero, con tres días de arresto y con una multa de 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Facsímil del fallo de tutela conocido el 27 de septiembre

Este medio le consultó a María Victoria Gaviria Gómez, apoderada de COOPETAXI sobre el alcance de la Resolución 1820 de diciembre 30 de 2015.

La Prensa: ¿Qué derecho reclamó la Empresa transportadora través de la tutela?

M.V.G.G. El derecho que se vulneró fue el derecho de ampliación de la capacidad transportadora, es decir el de tener mejor oferta de vehículos para dicha cooperativa por ende el derecho al trabajo.

La Prensa: ¿Significa que los ciudadanos no tuvieron esa mayor oferta en el servicio público?

M.V.G.G. Esto se refleja en menor capacidad del servicio de Coopetaxi. Al igual que fomenta la informalidad y la cabida a servicios prestados por particulares, lo que afecta notablemente el servicio de los taxis. Ya que Coopetaxi opera de manera legal y los usuarios se ven afectados en la calidad y cantidad de servicios sin estos cupos otorgados.

La Prensa: En caso de nuevo incumplimiento del fallo de desacato. ¿Qué sigue?

M.V.G.G.: De inmediato sobre ese desacato se informa al juez con otro desacato, lo cual debe darse respuesta en el término de un día máximo 3. No creo que tomen el riesgo de someter a otro funcionario a la sanción.

Finalmente la asesora jurídica de la Empresa de transporte público Coopetaxi, dijo que “lo más grave es que esta sanción penal de cárcel, afecta la hoja de vida del funcionario que se somete a la decisión de del juez de tutela como en este caso es el desacato a resolución judicial”.

Como en anteriores ocasiones, consultadas fuentes de la administración municipal, dijeron no conocer el fallo y por tanto no se pronunciarán al respecto.

La Prensa Oriente 28 septiembre, 2019
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