Por: Andrés Jiménez*
La alarmante frecuencia de lesiones y muertes por accidentes de tránsito ha convertido a la alta tasa de accidentalidad en un panorama cotidiano, desdibujando la sorpresa ante la cantidad de estos eventos que dejan personas lesionadas o fallecidas. Esta situación genera una serie de interrogantes fundamentales:
- ¿Son suficientes los controles que realizan las autoridades de tránsito?
- ¿Las estrategias implementadas por los diferentes organismos de control, como el Ministerio de Transporte, las alcaldías y los organismos de tránsito, son realmente efectivas?
- Y, quizás la pregunta más importante: ¿somos conscientes de nuestra responsabilidad como actores viales?
Es fundamental reconocer que todos somos actores viales, participando en las vías de una u otra manera. Esta participación nos convierte en responsables de salvaguardar nuestra propia integridad y la de los demás. No podemos descargar esta responsabilidad en las autoridades. Ser conscientes de nuestras acciones nos permite evitar accidentes de tránsito, los cuales, en muchas ocasiones, se originan por comportamientos egoístas como estacionar en sitios prohibidos, manipular el celular mientras conducimos, transitar en contravía o, en el peor de los casos, conducir bajo la influencia del alcohol. Como peatones, también debemos asumir nuestra responsabilidad al no utilizar los puentes peatonales, cruzar las vías sin atender las señales de los semáforos o no estar atentos a niños y adultos mayores.
En vista de lo expuesto, es fundamental recalcar que las personas involucradas en accidentes de tránsito tienen derecho a realizar las respectivas reclamaciones. Estas incluyen:
1.Según el Código Civil Colombiano, los conductores y propietarios de vehículos son responsables de los daños causados a terceros por su acción u omisión negligente.
2.Cuando un accidente de tránsito es causado por el mal estado de las vías, es posible presentar una demanda contra las entidades encargadas de su mantenimiento, como el municipio o concesionarios viales.
3.En caso de que una aseguradora se niegue a cubrir los daños conforme a las pólizas contratadas, los afectados pueden interponer reclamaciones ante la Superintendencia Financiera de Colombia o iniciar acciones judiciales para obtener el reconocimiento y pago de las indemnizaciones correspondientes.
4.Las víctimas de accidentes de tránsito o sus familiares deben presentar la reclamación ante la aseguradora que emitió el SOAT del vehículo implicado, acompañada de la documentación requerida.
5.Los afectados pueden presentar demandas por daños y perjuicios ante los jueces civiles, proporcionando pruebas de la responsabilidad del demandado y la cuantía de los daños sufridos.
6.En casos como las vías en mal estado, se debe interponer una acción de reparación directa ante la jurisdicción contencioso-administrativa, argumentando la omisión o negligencia de la entidad pública en el mantenimiento de la vía.
Finalmente, el marco legal colombiano proporciona diversas vías para que las víctimas de accidentes de tránsito y sus familiares puedan reclamar sus derechos y obtener compensaciones por los daños sufridos. Es crucial que todos los actores viales comprendan y asuman sus responsabilidades para contribuir a la reducción de la siniestralidad vial y promover una cultura de respeto y seguridad en las vías.
En LAWYER COMPANY S.A.S. contamos con profesionales especializados en temas de responsabilidad civil contractual y extracontractual, quienes podrán realizar el acompañamiento para la reclamación de perjuicios, indemnizaciones a las aseguradoras y SOAT.
* Abogado LAWYER COMPANY S.A.S