Por: Héctor Emilio Gómez Buitrago
En calidad de Presidente del Concejo municipal, doy a conocer a los ciudadanos, que según informe presentado por la Secretaria de Hacienda y Gestión Fiscal del municipio en sesiones ordinarias del mes de mayo; el municipio de Marinilla volvería a categoría cuarta, porque el recaudo en el año 2019 por concepto de ingresos corrientes de libre destinación no le alcanzan para sostenerse en categoría tercera.
Aplicando lo establecido en la resolución 07 de 2016 de la Contraloría General de la República, y el artículo 3 de la ley 617 de 2000 (ley de ajuste fiscal), que obliga descontar las rentas de destinación específica, en este caso las estipuladas para la financiación del Instituto de Recreación y Deporte de Marinilla (INDERMA), que estableció el fondo de fomento y desarrollo deportivo a través del acuerdo municipal 027 de septiembre de 1995, además de lo estipulado por el artículo 111 de la ley 99 de 1993 que creó el fondo de protección ambiental, las devoluciones y el fondo de mitigación y gestión del riesgo de desastres; además de los ingresos corrientes de libre destinación (ICLD) para la vigencia fiscal 2019 que determina la categoría para el año 2021, estuvieron por debajo de lo exigido por las normas que regulan el ajuste fiscal.
Por lo anterior, para sostener la categoría tercera faltaron ingresos corrientes de libre destinación por la suma de $381.284.346, quiere decir que no sostiene la categoría de nuestro municipio por un número cercano a los 460 salarios mínimos legales mensuales vigentes, porque para el caso, se requieren ingresos entre 30.000 (treinta mil) salarios mínimos legales vigentes (SMLMV) y 50.000 (cincuenta mil) SMLMV.
En consecuencia, para el año 2021 el municipio de Marinilla quedaría en categoría cuarta.
Recaudos 2019 | $ 25.891.260.581 |
INDERMA 4% | $ 1.035.650.423 |
Fondo de protecciónAmbiental 1% | $ 258.912.606 |
Devoluciones | $ 56.000.000 |
FMGRD 0.3% | $ 77.673.782 |
Recaudos netosICDL 2019 | $ 24.463.023.770 |
Salario mínimo2019 | $ 828.116 |
Salarios ley 610 de2000 para 3ra. Categoría | 30.001 |
Ingresos netosrequeridos resolución 0007 de 2014 | $ 24.844.308.116 |
Ingresos netosICDL 2019 | $24.463.023.770 |
Faltante clasificación3ra. Categoría | -$381.284.346 |
Finalmente, es importante que nuestros lectores tengan presente, que en la presente anualidad el municipio se encuentra en categoría tercera por el recaudo en ingresos corrientes de libre destinación de la vigencia fiscal del año 2018.
*Las opiniones expresadas en esta columna de opinión son de exclusiva responsabilidad de su autor y no reflejan, necesariamente, los puntos de vista de La Prensa Oriente